Tragsa adquiere vacunas tetravalentes contra la gripe para vacunar a sus trabajadores de Ceuta
SANIDAD
La empresa adjudicataria deberá tener a disposición, por si es necesario unidades móviles dotadas de equipos y recursos que cumplan con los parámetros de calidad, eficacia y cumplimiento de normativa vigente que los Centros estables de exámenes de salud
La empresa de Transformación Agraria S.A.,S.M.E., M.P., (TRAGSA) ha comunicado a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público el anuncio de contratación para el suministro y administración de las vacunas tetravalentes contra la gripe para el personal del Grupo Tragsa. La vacuna tetravalente contra la influenza (gripe) ha sido diseñada para brindar protección contra cuatro tipos diferentes de virus de la influenza: dos virus de influenza A y dos virus de influenza B.
Una contratación que cuenta con un presupuesto base de licitación de 156.000€ y un plazo de ejecución de 6 meses, desde el 30 de diciembre de 2024. La fecha de inicio del plazo de ejecución es estimada. En todo caso, ésta coincidirá con la fecha de firma del contrato. El suministro se realizará en todo el territorio nacional incluidas las Islas, Ceuta y Melilla.
En este sentido, finalmente la contratación ha sido adjudicada a QUIRÓN PREVENCIÓN SLU por un importe total ofertado de 123.552€, con fecha de formalización del 7 de enero de 20225. Al respecto, se han presentado 25 ofertas, ninguna de ellas PYMEs. La administración se realizará en los Centros Asistencial es de las Empresas Adjudicatarias (Servicios de Prevención Ajenos), ubicados en todo el territorio nacional incluidas las islas, Ceuta y Melilla.
La empresa adjudicataria deberá tener a disposición, por si es necesario unidades móviles dotadas de equipos y recursos que cumplan con los parámetros de calidad, eficacia y cumplimiento de normativa vigente que los Centros estables de exámenes de salud. En caso de ser requeridas el Grupo Tragsa solicitará presupuesto y valorará con el adjudicatario el precio auxiliar que suponga dicho servicio. La administración la realizará en todo caso, personal médico-sanitario, con titulación, acreditación y habilitación para ello.
La no división en lotes se justifica al amparo de lo previsto en el artículo 99.3 LCSP, que prevé que se podrá no dividir en lotes un expediente cuando la “realización independiente de las diversas prestaciones comprendidas en el objeto del contrato dificultará la correcta ejecución del mismo desde el punto de vista técnico”.
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