Las demandas por las infracotizaciones en los Planes de Empleo de 2018 a 2022 pueden haber prescrito

TRIBUNALES

El Juzgado de lo Social de Ceuta acogió este viernes un litigio en el que la parte representante de la Delegación de Gobierno solicitó la expiración del requerimiento por haber sido presentado más de un año después del cese de las empleadas demandantes

Una trabajadora de los Planes de Empleo en Ceuta. / FOTO EL PUEBLO
Una trabajadora de los Planes de Empleo en Ceuta. / FOTO EL PUEBLO

Las demandas interpuestas por CGT para reclamar que se resarciera a los empleados de los Planes de Empleo desde 2018 a 2022 que no fueron retribuidos en la misma medida que otros trabajadores que cumplían las mismas funciones pueden haber prescrito. Esto se deduce de uno de los litigios celebrados este viernes en el Juzgado de lo Social de Ceuta, en el que la abogada del Estado y representante de la Delegación de Gobierno solicitó la expiración del requerimiento por haber sido presentado más de un año después del cese de dos de las empleadas demandantes.

En la vista, el abogado de CGT y representante de las demandantes solicitó la retribución de las diferencias salariales para las empleadas -que también han repercutido en la infracotización de estas trabajadoras y de unas 3.500 personas según el sindicato- amparándose en el artículo 14 de la Constitución, el principio de igualdad y no discriminación, y en la resolución del Tribunal Supremo de junio de 2023 que daba la razón a los beneficiarios de los Planes de Empleo. En este sentido, el principio de igualdad es un Derecho Fundamental, por lo que el letrado alegó que la demanda es imprescriptible.

Por su parte, la abogada del Estado pidió una sentencia absolutoria por la prescripción de la demanda colectiva, que fue presentada el 13 de marzo de 2024 por CGT, en base a que había pasado más de un año entre esta fecha y en la que fueron cesadas ambas empleadas, que en estos casos concretos tuvieron lugar en 2020 y 2021.

En sus conclusiones, la parte demandante citó dos sentencias dictadas el año pasado que podrían servir de precedente para que las empleadas de los Planes de Empleo ganen el pleito, pues según éstas el plazo de prescripción de las demandas no comenzaría hasta que hubiera cesado la supuesta discriminación, un hecho que no se ha llegado a producir al aún no haber sido resarcidas económicamente y en los términos solicitados. El juicio ha quedado visto para sentencia, pero no será el único teniendo en cuenta la cantidad de gente afectada.

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