Condenados a seis meses de cárcel como coautores de una estafa

TRIBUNALES

En otro procedimiento posterior, otro acusado ha sido condenado a tres meses de prisión por el mismo delito al haber resarcido a la víctima antes del juicio

Sede judicial en el edificio Ceuta Center. / FOTO EL PUEBLO
Sede judicial en el edificio Ceuta Center. / FOTO EL PUEBLO

El Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a dos acusados de un delito de estafa básica -J.S. y A.J.- a seis meses de prisión, al abono de las costas procesales y al pago de una indenmización a la víctima de 500 euros.

Ambos varones no cumplirán la pena de prisión decretada al carecer de antecendentes penales, por lo que esta condena privativa de libertad queda suspendida durante los próximos dos años con la condición de que no vuelvan a delinquir durante ese plazo y de que abonen la mencionada cantidad.

Esta indemnización tiene un carácter de responsabilidad solidaria, por lo que ambos deberán abonar la mitad de la multa, pero en el caso de que uno no lo hiciese, la otra parte puede ser requerida para completar el pago.

La sentencia se ha logrado fruto de una conformidad entre las partes en el juicio, por lo que no ha sido necesario celebrar la vista.

Tres meses de prisión por un delito de estafa al haber resarcido a la víctima

En un procedimiento posterior, un hombre -M.D.- ha sido condenado a tres meses de prisión y a abonar las costas procesales por ser el autor criminalmente responsable de un delito de estafa en su modalidad básica.

A diferencia de los encausados en el juicio anterior por la misma infracción, el acusado en esta vista ha resarcido a la víctima con la cantidad defraudada el día antes del juicio, por lo que concurre en la atenuante muy cualificada de reparación del daño.

La pena de M.D. ha sido suspendida durante los dos próximos años con la condición de que no vuelva a delinquir durante ese periodo.

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha declarado la sentencia en firme tras la negativa de las partes en liza a recurrirla.El fallo se ha alcanzado fruto de una conformidad entre la defensa, la fiscalía y la letrada de la acusación particular, por lo que la vista no se ha celebrado.

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