Ayudas al estudio en el Instituto de Idiomas de Ceuta para el Curso 2024/2025: Requisitos y plazos
BOCCE
El plazo para presentar las solicitudes es de diez días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCCE, que tuvo lugar el 1 de abril de 2025
El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha aprobado, en su reunión del 6 de marzo de 2025, la convocatoria de ayudas al estudio en el Instituto de Idiomas para el curso 2024/2025, con un total de 90.000 euros destinados a apoyar a los estudiantes que cursen estudios en este centro. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, y los interesados deberán cumplir con una serie de requisitos establecidos en las bases reguladoras publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) del 28 de enero de 2025.
Estas ayudas están dirigidas a los estudiantes matriculados en el Instituto de Idiomas de Ceuta que sean residentes en la ciudad, con plena capacidad de obrar, y que no reciban otras becas o ayudas para el mismo fin. Además, los solicitantes deberán cumplir con ciertos requisitos académicos y económicos. Entre los criterios de renta establecidos, aquellos alumnos cuya renta familiar sea inferior al primer umbral recibirán una ayuda que cubrirá el 100% de los gastos de matrícula y cuotas. Los que superen dicho umbral pero no el segundo, podrán optar a una ayuda del 50%.
De este modo, se establecen dos umbrales de renta por los cuales quedará determinado el importe de la ayuda a percibir por los interesados/as. Para el cálculo de los umbrales de renta establecidos a continuación se ha tomado como referencia: 1 * IPREM (1 multiplicado por el valor del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), el cual queda establecido para el año 2025 en 8.400,00 euros (correspondiente a 14 pagas). Los intervalos de renta se establecen como resultado de incrementar en medio punto el multiplicador del IPREM por miembro de la unidad familiar.
A partir del octavo miembro se añadirán 4.200,00 euros por cada nuevo miembro computable de la familia Para el cálculo de los umbrales de renta establecidos a continuación se ha tomado como referencia 2,5 veces del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Los intervalos de renta se establecen como resultado de incrementar en medio punto el multiplicador del IPREM por miembro de la unidad familiar. A partir del octavo miembro se añadirán 4.200,00 euros por cada nuevo miembro computable a la famil
El plazo para presentar las solicitudes es de diez días hábiles a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCCE, que tuvo lugar el 1 de abril de 2025. Las solicitudes deben presentarse a través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Ceuta, donde se puede acceder al modelo correspondiente. Asimismo, se habilita la opción de realizar la presentación de manera presencial mediante cita previa en las oficinas del Registro de la Ciudad.
El proceso de resolución de la convocatoria no superará los seis meses desde la finalización del plazo de solicitud, y los resultados se publicarán en el Tablón de Anuncios del Palacio de la Asamblea, en el Instituto de Idiomas y en la página web de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Además, los interesados podrán interponer un recurso de reposición si no están conformes con la resolución.
Sigue el canal de El Pueblo de Ceuta en WhatsApp. Pincha aquí, dale a SEGUIR y encontrarás toda la actualidad informativa de la jornada ceutí