Las agencias de viajes que contarán con la sexta fase del talonario de descuento 'Ceuta emociona'
TURISMO
La resolución de las solicitudes ha sido realizada conforme a las bases reguladoras de la convocatoria, y los beneficiarios deben cumplir con los requisitos establecidos para poder acceder a los fondos
La Ciudad Autónoma de Ceuta, a través del decreto del Consejero de Comercio, Turismo, Empleo y Deporte, D. Nicola Cecchi Bisoni, ha aprobado la concesión de subvenciones a diversas agencias de viaje para la comercialización de la sexta fase del talonario descuento “Ceuta Emociona”. Este programa tiene como objetivo incentivar la llegada de turistas y potenciar el consumo local durante el periodo comprendido entre el 5 de marzo y el 30 de septiembre de 2025.
La ayuda se concede en régimen de concurrencia no competitiva y está destinada exclusivamente a agencias de viaje inscritas en el Registro General de Empresas y Actividades Turísticas de Ceuta. Los fondos permitirán ofrecer descuentos en servicios turísticos, como restauración, actividades de turismo activo, transporte y alojamiento, lo que beneficiará tanto a los turistas como a los comercios y proveedores locales.
Entre las agencias que han accedido a las ayudas, se encuentran empresas destacadas que facilitarán a los turistas la posibilidad de disfrutar de una Ceuta más accesible y atractiva durante los próximos meses. Esta acción forma parte de los esfuerzos de la Ciudad Autónoma de Ceuta por fortalecer su sector turístico y contribuir al desarrollo económico local.
La resolución de las solicitudes ha sido realizada conforme a las bases reguladoras de la convocatoria, y los beneficiarios deben cumplir con los requisitos establecidos para poder acceder a los fondos. Las agencias deberán justificar correctamente los descuentos realizados, lo cual condicionará el abono de la subvención.
Contra la presente Resolución, podrán interponerse recurso de potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de lo anterior, cabrá interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la Ciudad de Ceuta, de conformidad con lo previsto en el la Ley 29/1998, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa. Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada
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