Ceuta rescinde el arrendamiento de locales en Soldado Valle de Almazán con una deuda de 275.780€
BOE
El procedimiento se inicia con la notificación pública al interesado, tras constatarse que no ha sido posible realizar la comunicación por medios ordinarios
La Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos de la Ciudad Autónoma de Ceuta ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este martes, 10 de junio, el inicio de expediente de resolución relativo a la rescisión de los contratos de arrendamiento de varios locales comerciales situados en la calle Transversal Soldado Valle de Almazán S/N, por impago continuado de las rentas de alquiler por parte del titular del contrato.
El expediente, formalizado mediante el Decreto nº 6030 del consejero competente con fecha de 30 de mayo de 2025, expone con detalle las razones jurídicas y administrativas que fundamentan la rescisión de los arrendamientos. Los contratos datan de 1987, 1989 y 1991, elebrados entre el titular y el anterior propietario de la finca y fueron subrogados por la Ciudad Autónoma en el año 2003, fecha en la que esta adquirió los terrenos donde se ubican los locales afectados, dedicados a actividades de taller de chapistería y reparación de vehículos.
Según consta en la documentación, el arrendatario acumula una deuda total de 275.780,72 euros, cifra acreditada por el OASTCE (Servicios Tributarios de la Ciudad Autónoma de Ceuta). Asimismo, se confirma que los contratos se encuentran en situación de tácita reconducción, tal y como establece el artículo 1.566 del Código Civil, por lo que se consideran legalmente vigentes y sujetos al marco jurídico actual de arrendamientos para usos distintos al de vivienda.
El procedimiento se inicia con la notificación pública al interesado, tras constatarse que no ha sido posible realizar la comunicación por medios ordinarios. En cumplimiento del artículo 44 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, la notificación se efectúa mediante su publicación en el BOE, y con ella se abre un plazo de 10 días hábiles para que el arrendatario pueda formular alegaciones, presentar documentos o justificantes que considere oportunos en defensa de sus derechos.
Durante este plazo, el expediente completo estará disponible en la Unidad de Patrimonio de la Consejería de Fomento, donde el afectado podrá examinar todos los documentos del procedimiento administrativo. La resolución también será notificada a todas las personas interesadas en el expediente, cumpliendo así los principios de transparencia y debido proceso.
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