CCOO exige al Ministerio reforzar los Juzgados de Ceuta por la sobrecarga de trabajo ante las macrocausas

CCOO Justicia advierte que" macrocausas como el caso Emvicesa, la trama del depósito judicial, la trama de las contrataciones irregulares en la renovación de permisos de residencia y cobro de subsidios hacen necesario que con carácter urgente se proceda a la asignación de personal de refuerzo, que se añada a la plantilla habitual, -ya de por si corta- de estos órganos judiciales instructores, para poder dar respuesta a los problemas de sobrecarga de trabajo generados por la acumulación de macrocausas, de gran complejidad y voluminosidad, y, al mismo tiempo, permitiría un impulso continuado de éstas, ganando celeridad y eficacia en su tramitación, y permitiendo ofrecer una imagen de agilidad y eficiencia en asuntos que tienen una importante trascendencia social".

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El sindicato señala que "es importante resaltar que, el 6 de octubre de 2015, el BOE publicó la Ley 41/2015, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales". El nuevo artículo 324 de la Lecrim dice en primer lugar que: “Las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas…”, cuestión “matizada” en el siguiente párrafo que establece que “no obstante, antes de la expiración de ese plazo, el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes, podrá declarar la instrucción compleja a los efectos previstos en el apartado siguiente cuando, por circunstancias sobrevenidas a la investigación, ésta no pudiera razonablemente completarse en el plazo estipulado o concurran de forma sobrevenida algunas de las circunstancias previstas en el apartado siguiente de este artículo.”

¿En qué casos puede declararse la complejidad de la instrucción?

El legislador la regula en siete incisos: que recaiga sobre grupos u organizaciones criminales, que tenga por objeto numerosos hechos punibles, que involucre a gran cantidad de investigados o víctimas, que exija la realización de pericias o de colaboraciones recabadas por el órgano judicial que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis, que implique la realización de actuaciones en el extranjero, que precise de la revisión de la gestión de personas jurídico-privadas o públicas, o que se trate de un delito de terrorismo.

En estos supuestos su plazo podrá extenderse hasta los 18 meses, pudiendo adicionalmente ser solicitada por el Ministerio Fiscal una nueva prórroga por igual plazo o inferior.

CCOO subraya que "desde antes de su entrada en vigor, el plazo de 6 meses fijado con carácter general para una instrucción, nos resultaba casi impracticable, ya que sabemos que en casi todos los casos hay diligencias a llevarse adelante durante esta fase, que requieren de más tiempo. A modo de ejemplo, sabemos que una declaración, conlleva que sea tenida en cuenta la agenda del juzgado para ser practicada en el día y hora señaladas, siendo esta una diligencia que difícilmente escape en tiempos, al control del juzgado". Pero sin embargo otro tipo de diligencias, como es el caso de un informe pericial, "suelen demorarse en el tiempo incluso más allá de los 6 meses". La tipología citada en el ejemplo representa a la gran mayoría de los procedimientos, "cuya instrucción requiere de diversas diligencias que involucran incluso a otros organismos públicos, que tienen sus propias problemáticas y tiempos de respuesta, y que sumados a todo lo anterior, conducen a superar el plazo de 6 meses casi en todos los casos".

El sindicato recuerda que "a la entrada en vigor de la ley que modifica la Ley de Enjuiciamiento Criminal, tenemos que añadir que, la Nueva Oficina Judicial, sistema ideado por el Ministerio de Justicia para agilizar el servicio, modernizar las estructuras y, en definitiva, ser más productivo en beneficio de la sociedad no ha dado el resultado esperado, puesto que según los indicadores clave sobre cargas de trabajo y litigiosidad, posicionan a la justicia de Ceuta como una con las mayores tasas de congestión del país". Este nuevo diseño de oficina judicial, que nació con el propósito claro de garantizar con su funcionamiento la independencia del poder al que sirve, la racionalización del trabajo y un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y medios materiales, "dejó mermada y disminuidas las plantillas de todos y cada uno de los Juzgados y por tanto no está cumpliendo los objetivos que el Ministerio se marcó".

Desde CCOO-JUSTICIA advierten que "llevamos años demandando la precariedad de medios humanos que tenemos en estos órganos judiciales y a la vez demandando la necesidad de más personal, para tratar de dar una mejor respuesta al ciudadano", añadiendo que "las dotaciones básicas de estos órganos judiciales, que garantizarían, en todo caso, el correcto funcionamiento del órgano jurisdiccional, se han quedado cortas".

El sindicato lleva demandando y exigiendo tanto a la Secretaria de Gobierno de esa Ciudad como al Ministerio de Justicia "la negociación del incremento necesario de plantilla en todas y cada una de las UPADS (Juzgados) para atender este aumento sustancial de las cargas de trabajo ya que, con el nuevo modelo organizativo, con criterios restrictivos y cargando, una vez más, a las espaldas de los trabajadores y las trabajadoras destinadas en estos juzgados una nueva carga de trabajo a sumar a las que ya soportan de forma excesiva (compatibilizan sus funciones con la del SCOP, servicio este no implantado) y en pésimas condiciones (recordemos el nefasto funcionamiento de los medios informáticos con los que trabajamos)".

"Medios Personales del Ministerio de Justicia no ha atendido la exigencias de CCOO o, en el mejor de los casos, han dado largas, mientras que a espaldas de las y los trabajadores y de sus representantes sindicales están decidiendo sin ninguna información y en connivencia con los Tribunales Superiores de Justicia la dotación de plantilla sin más criterio que el ahorro económico", lamentan.

Otro ejemplo claro que viene denunciando continuamente es "el auténtico colapso y desborde de causas y recursos que soportan los juzgados de lo Contencioso-administrativo de Ceuta". Los problemas de sobrecarga de trabajo, como los provocados en Cartagena por la llegada masiva de más de 500 inmigrantes en pateras a las costas de la Región de Murcia ocurrida en los últimos días, "lo llevamos soportando en Ceuta desde hace años con los continuos saltos de la valla fronteriza por parte de inmigrantes y, como siempre, no se dan soluciones estables y estructurales a estas situaciones, sólo a costa del esfuerzo de los trabajadores y trabajadoras se va sacando el trabajo adelante sin compensaciones económicas algunas".

A estos órganos judiciales la ley les encomienda el conocimiento de todas las resoluciones y posteriores recursos en materia de extranjería por la Administración periférica del Estado o por los órganos competentes de la Comunidad Autónoma. "A la ya maltrecha situación de carga de trabajo que soportan estos órganos judiciales, hay que unir el aluvión de recursos que interponen los Abogados de cada uno de los inmigrantes que entran en Ceuta, pero no sólo el trámite del procedimiento y posteriores recursos, -pues recurren todas y cada una de las resoluciones que se dictan-, paralelamente a la incoación del procedimiento abreviado oportuno hay que abrir y sustanciar pieza separada, de naturaleza accesoria al proceso principal", señalan desde CCOO. "Es por ello que la carga de trabajo de estos órganos judiciales se ha visto triplicada en los últimos meses", lamentan.

Desde CCOO-JUSTICIA advierten que seguiran denunciando y proponiendo tanto a Secretaria de Gobierno de Ceuta como al Ministerio de Justicia, "la necesidad de nombrar refuerzos ajustados a la competencia, función y carga de trabajo en todas las UPADS (Juzgados), con especial mención en los órdenes jurisdiccionales penales, civiles, contencioso administrativo y social , ya que está comprobado y confirmado que las dotaciones básicas de estos órganos judiciales son absolutamente ridículas e insuficientes, estando abocadas al colapso".

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