Poner una placa de alarma sin contratar el servicio puede salirte caro: esto dice la ley

SOCIEDAD

La empresa afectada, además, podría solicitar una compensación por los daños sufridos

FOTO REDES ARCHIVO
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Colocar una señal de alarma en casa sin tener un sistema real instalado es una práctica más común de lo que parece. Muchas personas recurren a esta estrategia con la intención de disuadir a posibles ladrones, sin llegar a contratar a una empresa de seguridad. Sin embargo, lo que parece una solución sencilla y económica puede terminar convirtiéndose en un problema legal.

Utilizar carteles, pegatinas o placas que imiten o reproduzcan el logotipo de una empresa de seguridad sin tener contratado su servicio es ilegal. Según la legislación española, esto puede considerarse una infracción contra la propiedad industrial. El uso indebido de una marca registrada está tipificado como delito y puede tener consecuencias económicas y penales.

Además, si se exhiben señales de videovigilancia con datos falsos o con información propia en lugar de la correspondiente a una empresa autorizada, la Agencia Española de Protección de Datos puede intervenir, al tratarse también de una posible violación de la normativa sobre protección de datos.

Las sanciones previstas en estos casos, recogidas en la Ley de Marcas (Ley 17/2001) y el Código Penal, van desde multas de entre uno y dos años hasta penas de prisión de seis meses a tres años. La empresa afectada, además, podría solicitar una compensación por los daños sufridos, incluyendo sanciones de 600 euros diarios mientras se mantenga el uso indebido de la marca.

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