La muerte de ‘Moro loco’ se salda con 6 años de cárcel y 180.000 euros
Mohamed Tarik A.M. reconoció los hechos, lo que se constituyó en atenuante, y las distintas partes llegaron a un acuerdo para la sentencia, que fue dictada en firme ‘in voce’ por la presidenta del tribunal, la magistrada Rosa de Castro.

Mohamed Tarik A.M. aceptó ayer una pena de cinco años y seis meses por el homicidio de Mohamed Said Ahmed Abdeselam, alias ‘Moro Loco’, ocurrido el día 14 de septiembre de 2013 en la zona de la calle Argentina. También aceptó la culpabilidad de un delito de tenencia ilícita de armas, por el que fue condenado finalmente a seis meses de cárcel.
Así, el acuerdo entre las partes contó con el visto bueno de la magistrada Rosa de Castro Martín, que presidia la sesión de la Sección VI de la Audiencia Provincial en ausencia del presidente titular, Fernando Tesón.
El juicio parecía que iba a durar varios días, pero antes de la constitución del jurado popular comenzaron las negociaciones entre las partes. Por un lado, el Ministerio Fiscal y la acusación particular, que representaba la letrada Luz Elena Sanín. De otro, la defensa del acusado, el prestigioso y conocido abogado Jaime Sanz de Bremond.
La Fiscalía y la acusación particular pedían 14 años de cárcel por homicidio y un año y medio por tenencia ilícita de armas para el acusado.
Desde las nueve de la mañana se encontraba en los calabozos del edificio Ceuta Center, donde se había desplegado un importante dispositivo de seguridad por parte de la UPR de la Policía Nacional, con armas largas -HKG36C, entre otras- así como con el apoyo de unidades caninas con especialización en la detección de explosivos.
En principio estaba previsto que a partir de las diez de la mañana comenzara la selección de los componentes del jurado popular, para continuar con la declaración del acusado.
En torno a las doce se preveía otra declaración y posteriormente se iniciaría una sesión de tarde que comenzaria a las cinco y que culminaría a partir de las seis de la tarde con las declaraciones de seis agentes del Cuerpo Nacional de Policía.
Todo preveía que iba a ser un juicio duro, que se iba a postergar varios días. Máxime cuando un letrado como Jaime Sáez de Bremond es de los que luchan segundo a segundo, como pueden atestiguar algunos fiscales de altura que incluso han llegado a ser expedientados tras la actuación del letrado.
La espera hacia augurar que se estaba negociando, y así era. Las partes creían que se podía ahorrar tiempo en todos los sentidos en el caso de que el acusado consintiera en reconocer los hechos.
Se apreciaron dos atenuantes: el reconocimiento del hecho en cuestión y también la reparación parcial en materia económica, lo que se tradujo en una rebajación de la pena, consensuada.
En el plano de responsabilidad civil, el acusado debe pagar 180.000 euros -también se cuenta una propiedad valorada en 60.000 euros- que irán a parar al hijo de la víctima, menor de edad, y que dispondrá del dinero cuando alcance la mayoría. En este sentido, el dinero quedará depositado en una cuenta en el Banco Santander de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta, hasta que el chico alcance la mayoría de edad. Será entonces cuando pueda disponer del dinero.
Tras las negociaciones, las partes esperaron a que la magistrada diese el visto bueno, no sin antes que ella diera curso a la normativa legal en todo su recorrido, al objeto de no incurrir en errores. En todo caso, la sentencia es firme y ninguna de las partes va a recurrir.
Fuertes medidas de seguridad en torno al Ceuta Center
Desde primeras horas de la mañana, poco después del amanecer, cualquier viandante podría saber que se estaba “cociendo” algo de importancia en el Ceuta Center. En efecto, al menos una decena de efectivos de la UPR del Cuerpo Nacional de Policía se encontraban desplegados en la zona, con chalecos antibalas y armas largas, concretamente había al menos un HKG36C, un arma que cuenta con sistemas muy sofisticados de visión, puntero láser y un cargados de treinta cartuchos. Es ligera y pesa poco más de dos kilogramos. También se realizó una batida previa con perros adiestrados para la detección de explosivos.
El autor confeso del homicidio fue detenido en 2013 cuando trataba de embarcar hacia la península
El joven condenado por el homicidio de ‘Moroloco’ trató de huir de Ceuta ese mismo día, 14 de septiembre de 2016, viajando por mar hacia Algeciras. Fue en vano, porque la Policía lo detuvo en la Estación Marítima. No optó por otra vía, que era la de “perderse” en Marruecos.
Los hechos concretos ocurrían por la tarde, en la confluencia entre las calles Argentina y Miguel Lara. Ambos, víctima y homicida, tenían una relación y ésta se había deteriorado hasta límites insospechados por entonces.
En un momento determinado de la tarde, en torno a las siete, Mohamed Tarik A.M. recibe un único disparo en el abdomen. No parecía una herida mortal, pero es cierto que le afectó a zona renal. Según el abogado Sanz de Bremond, la víctima fue andando hasta las inmediaciones del colegio Clara Campoamor, en la zona, y allí cayó al suelo desfallecido.
Desde el punto de vista del letrado, que alcanzó un acuerdo con las partes de la acusación -Ministerio Fiscal y acusación particular- está claro que el condenado ayer actuó bajo la influencia del miedo.
“Se sintió acosado y le disparó, pero no siguió persiguiéndole, no le disparó más veces ni le persiguió”, dijo. No hubo, pues, situación de reiteración de disparos ni de enseñamiento con la víctima. Así que todo apunta a que fue una acción de autodefensa, si bien con el resultado de muerte. Un homicidio.
Las diferencias entre un homicidio y un asesinato se basan en el que el segundo de los casos concurren una serie de agravantes, como podrían ser alevosía, premeditación, etcétera, que al parecer no han concurrido en este caso en concreto.
La concurrencia de que ha existido un reconocimiento por parte del acusado y también de una reparación de daños previa a la vista oral también fueron determinantes para que se le rebajara la pena.
El abogado Sanz de Bremond mostraba cierta extrañeza por los plazos de constitución del jurado popular y de las testificales, si bien se mostró en todo momento cooperador a la hora de no alargar la cuestión, ya que existía un indicio de acuerdo que finalmente se llevó a cabo.
Las personas que fueron citadas como candidatos a jurado cobraron la dieta del día, ya que tuvieron que abandonar sus quehaceres diarios para comparecer.