El TSJA reduce la pena a un agresor sexual que intentó violar a una niña en Ceuta
En noviembre del 2018 abordó a una niña de 12 años cuando se dirigía a sus clases particulares y la agredió sexualmente, por estar borracho en el momento de los hechos el TSJA ha considerado reducir la pena de 6 años de prisión a la que estaba condenado a 3 años, por lo que saldrá de prisión este año, siendo expulsado a su país, Marruecos
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso de apelación interpuesto por los abogados de Hafri R., un hombre de nacionalidad marroquí condenado por agresión sexual y lesiones a una menor de 12 años en Ceuta, contra la sentencia dictada por la Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta en fecha 8 de mayo de 2020. Al apreciar el atenuante de intoxicación etílica la sentencia reduce la pena de 6 años de prisión a 3 años de prisión.
El TSJA también ha eliminado los 6 años de libertad vigilada una vez salga de la cárcel que se imponía en la primera sentencia y ha reducido los años de orden de alejamiento a la menor, teniendo que cumplir ahora 10 años de prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima, que estaban fijados anteriormente en 16 años. Además, por el delito leve de lesiones del que también es autor, se ha rebajado la multa que era de 150 euros a la mitad: 75 euros.
Los hechos constitutivos del delito tuvieron lugar el día 21 de noviembre de 2018, sobre las 15:30 horas, en una calle de Ceuta. La menor, que se diría hacia las clases particulares en ese momento, fue atacada por este hombre, que “la agarró fuertemente del brazo, empujándola contra la pared e inmovilizándola con su cuerpo, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales comenzó a besarla en la boca y en el cuello, tocándole el pecho y las nalgas”.
Como recoge la sentencia como hechos probados, al comenzar a gritar la niña, el agresor la agarró fuertemente del cuello tapándole la boca con una mano, pero manteniendo su actitud en la que sólo cesó cuando fue sorprendido por una tercera persona quien le pidió igualmente que la soltara, abandonando el lugar de los hechos y manteniéndose en las proximidades donde fue detenido posteriormente por dos agentes de la Policía Nacional, por lo que se encuentra en prisión desde el mismo día de los hechos.
Como consecuencia de estos hechos la menor sufrió perjuicio físico consistente en erosión en borde radial de la muñeca izquierda, pequeña herida en mucosa labial superior izquierda y contusión en mucosa bucal inferior derecha. En el momento de su detención, Hafri R. presentaba síntomas de intoxicación etílica, “habiendo sido sometido horas después a una analítica de sangre que arrojó un resultado de 132,6 mg/dl de alcohol”, apunta la sentencia. De manera, que el TSJA considera e incluye en la sentencia que “cuando abordó a la menor, había ingerido alcohol en cantidad tal que mermaba muy acentuadamente su capacidad de control de los actos propios sin llegar a anularla”. Esta inclusión en los hechos es lo que ha supuesto un atenuante que ha permitido reducir la pena a la mitad.
Entre lo dictado por el tribunal de la Audiencia Provincial se mantiene la condena a abonar a la víctima 3.000 euros como indemnización por los daños causados, además se establece el cumplimiento íntegro de la pena que sólo será sustituida por la expulsión cuando el penado alcance el tercer grado o la libertad condicional.