Más de tres millones de euros para rehabilitar edificios que sean o hayan sido VPO

CONSEJO DE GOBIERNO

Los beneficiarios que podrán solicitar estas ayudas son “las comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidad de propietarios de estas construcciones donde "en el 50% de las viviendas, como mínimo, los ingresos de las unidades de convivencia sean inferiores a 5,50 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)" El importe de la subvención podrá alcanzar, con el límite del 80% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 20.000 euros por vivienda

FOTO EL PUEBLO
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Durante la comparecencia ante los medios tras el Consejo de Gobierno, el portavoz Alberto Gaitán trasladó que por parte de la Consejería de Fomento y Turismo se ha elevado la autorización de licencia de implantación de la actividad de cafetería y bar en la calle Antioco a la que se aplican las medidas correctoras del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas.

En la misma línea, pero como un acuerdo diferente, el Consejo de Gobierno autoriza la licencia de implantación para el Centro de Salud del Tarajal en la Barriada Príncipe Felipe, ”igualmente sometida a las medidas correctoras del Reglamento de actividades molestas, insalubres, nocivas y peligrosas”.

La Consejería que lidera Alejandro Ramírez también elevó la aprobación del Consejo de Gobierno de las normas para articular en régimen de concesión directa de subvenciones “para fomentar la rehabilitación de edificios residenciales que estén o hayan estado en régimen de protección pública”. La financiación, según Gaitán, es de 3.197.347,81 euros.

Las actuaciones subvencionables son “tanto actuaciones de conservación, mejora de la accesibilidad como eficiencia energética”, reiteraba el portavoz. Los beneficiarios que podrán solicitar estas ayudas son “las comunidades de propietarios y agrupaciones de comunidad de propietarios de edificios donde en el 50% de las viviendas, como mínimo, los ingresos de las unidades de convivencia sean inferiores a 5,50 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM)”.

Asimismo, Gaitán recalca que “no habrá podido obtener una ayuda para el mismo edificio y finalidad en los 3 años anteriores”. Además, el segundo tipo de condiciones es que el edificio “esté o haya estado sujeto a algún régimen de protección pública”.

Desde la Ciudad aclaran la convocatoria de subvenciones directas para rehabilitación edificios

Las presentes normas tienen por objeto regular la concesión directa, con carácter excepcional y por razones de interés público, económico y social, de subvenciones destinadas a la rehabilitación de edificios de tipología residencial colectiva que estén o hayan estado sujetos a algún régimen de protección pública, siendo su finalidad mejorar el estado de conservación, las condiciones de accesibilidad y las de eficiencia energética del parque de viviendas de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Financiación: 3.197.347,81 euros.

Actuaciones subvencionables

Actuaciones de conservación. Aquellas obras relativas a la cimentación, estructura e instalaciones comunes, saneamiento, cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado.

Mejora de la accesibilidad. Las que contemplen la instalación o renovación de ascensores, salva escaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad; la instalación de elementos de información o de aviso, la instalación de elementos o dispositivos electrónicos de comunicación entre las viviendas y el exterior o cualquier intervención que mejore el cumplimiento de los parámetros establecidos en el Documento Básico del Código de la Edificación DB-SUA, seguridad de utilización.

Eficiencia energética. Aquellas que mejoren la envolvente del edificio para reducir su demanda energética, mediante actuaciones sobre el aislamiento térmico, sustitución de carpinterías, acristalamientos, eficiencia en iluminación, energías renovables, sistemas de ahorro de agua, adecuada recogida y separación de residuos domésticos en los espacios comunes, entre otros.

Beneficiarios

Podrán solicitar estas ayudas las comunidades de propietarios y/o agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios donde en el 50% de las viviendas, como mínimo, los ingresos de las unidades de convivencia sean inferiores a 5,50 veces el IPREM. Asimismo, no podrán haber obtenido una ayuda para el mismo edificio y finalidad en los 3 años anteriores. Que el edificio esté o haya estado sujeto a algún régimen de protección pública.

Cuantía subvencionable

El importe de la subvención podrá alcanzar, con el límite del 80% de los gastos subvencionables, hasta un máximo de 20.000 euros por vivienda. La cifra señalada podrá incrementarse un 25%, es decir, hasta 25.000 euros por vivienda, siempre y cuando se acometan los tres tipos de actuaciones -de accesibilidad, de eficiencia energética, y de conservación- conjuntamente.

No obstante, cuando los ingresos de la unidad de convivencia ponderados de las personas propietarias de, al menos, la mitad de las viviendas que componen el edificio sean inferiores a 3,5 veces el IPREM, se podrá alcanzar hasta el 100% de los gastos subvencionables.

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