Procesa ayudará a empresas que generen empleo, sean 'verdes' y digitales con 1.500.000 euros

BOCCE

La consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital del Gobierno de Ceuta, Kissy Chandiramani, publicaba en un BOCCE extraordinario este martes la primera convocatoria de 2023 de ayudas para fomentar la inversión, el mantenimiento y la creación de empleo productivo en Ceuta

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La consejera de Hacienda, Transición Económica y Transformación Digital del Gobierno de Ceuta, Kissy Chandiramani, publicaba en un BOCCE extraordinario este martes la primera convocatoria de 2023 de ayudas para fomentar la inversión, el mantenimiento y la creación de empleo productivo en la ciudad al objeto de fomentar las actividades de inversión, el mantenimiento y la creación de empleo productivo en el sector industrial, comercial y de servicio, en el marco del Programa FEDER 2021-2027. Procesa inyectará hasta 1.500.000 euros del FEDER 2021-2027 en subvencionar hasta el 50% de proyectos innovadores y tecnológicos en cuantías que no podrán superar los 200.000 euros. El plazo de solicitud es hasta el 29 de septiembre de 2023.

Dicho importe queda desglosado y asignado a cada convocatoria de la siguiente forma:

  • Desde el día hábil siguiente a la publicación en el BOCCE de la convocatoria y hasta el 29 de septiembre de 2023, el importe asignado asciende a 1.500.000 euros.
  • Para los siguientes períodos de presentación de solicitudes, el remanente no asignado en el período anterior, hasta acabar el presupuesto asignado. Cuando a la finalización de un periodo se hayan concedido las subvenciones correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, se podrá trasladar la cantidad no aplicada a las posteriores resoluciones que recaigan, de conformidad con lo establecido en el art. 59 del Real Decreto 887/2006, de Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
  • Se anularán los períodos de presentación de solicitudes que no tuvieran consignación presupuestaria, por haberse agotado ya en convocatorias anteriores.

Las ayudas contempladas en estas bases revestirán la forma de subvención. Para la determinación del coste total financiable se partirá del coste estimado para cada actividad por el solicitante y se deducirán del mismo aquellas partidas que no se ajustaren a las condiciones de la convocatoria o no se consideraran necesarias para el desarrollo del proyecto o programa, obteniendo así el importe ajustado del que se deducirá, en su caso, el exceso solicitado sobre la cuantía máxima subvencionable.

Una vez determinado el importe ajustado el orden de preferencia para la obtención de la subvención será el que resulte del orden de puntuación obtenido en la evaluación. El importe concedido, que deberá ser fijado en la resolución de concesión, no podrá ser rebasado por desviaciones en la ejecución.

Dado que el carácter de concurrencia competitiva de las ayudas reguladas en las presentes bases, se establecen criterios de selección de proyectos, que se indican por orden decreciente de importancia y por la ponderación que se les atribuye, cuya puntuación máxima será sobre 40.

El crédito disponible para las subvenciones se otorgará a quienes obtengan mejor valoración de entre los que hubieran acreditado cumplir los requisitos necesarios para ser beneficiario. Así mismo, el crédito presupuestario no aplicado por la renuncia a la subvención de alguno de los beneficiarios podrá utilizarse por el órgano concedente para acordar, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél, en orden de su puntuación.

Todos los proyectos podrán obtener: Un incentivo mínimo fijo establecido del 20% de los costes subvencionables, además de los incrementos que le correspondan en función de las características adicionales que reúna el proyecto, de acuerdo con las siguientes definiciones y cuantías:

a) Criterios de Responsabilidad Ambiental: se aplicará un incentivo adicional del 5% de los costes subvencionables, siempre que se dispongan o adopten alguna de las siguientes certificaciones y/o actuaciones: − Certificación a través de sistemas normalizados de gestión ambiental (UNE-EN ISO 14001, EMAS, etc). − Compromiso de certificación a través de sistemas normalizados de gestión ambiental (UNE-EN ISO 14001, EMAS, etc).

b) Generación de empleo: se aplicará un incentivo adicional de hasta el 15% de los costes subvencionables por la creación de empleo indefinido a jornada completa. Se asignará un 1% por cada empleo indefinido y a jornada completa que se generen en el proyecto en el período de elegibilidad de la convocatoria.

c) Criterio Sectorial: Se aplicará un incentivo adicional de hasta el 10% de los costes subvencionables, a los siguientes sectores de actividad:

− Servicios digitales tales como el alojamiento de sitios informáticos y páginas web y otros servicios consistentes en ofrecer o facilitar la presencia de empresas o particulares en una red electrónica. (2%)

− Economía digital, basa en la utilización de las distintas plataformas tecnológicas para el impulso de nuevos modelos de negocio. (2%)

− Economía verde, como medio para conservar y preservar el medio ambiente y disminuir las amenazas al mismo. Promoviendo un uso eficiente de los recursos y la disminución de las emisiones de carbono, así como la creación de empleos verdes. Actividades de biodiversidad y eficiencia energética. (2%)

− Economía azul, actividades tales como la utilización del medio marino para producir distintos tipos de energías renovables y la biotecnología azul que busca transformar los recursos marinos en bienes y servicios en diversos campos. (2%)

− Industria transformadora ligera basada en la producción de artículos de consumo tales como ropa, mobiliario, calzado, alimentos procesados, libros, medicinas, etc. (2%)

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Podrán tener la condición de beneficiarias en las correspondientes convocatorias efectuadas al amparo de estas bases, en los términos que las mismas establezcan, los autónomos y PYMES que realicen proyectos de inversión subvencionables en el territorio de la Ciudad Autónoma de Ceuta, pertenecientes a los sectores económicos y a las actividades indicadas en cada convocatoria.

Cuenta la primera convocatoria, relativa al POFEDER para Ceuta período 2021-2027, con el establecimiento de los siguientes plazos y períodos de solicitud:

  • Desde el día hábil siguiente a la publicación en el BOCCE de la convocatoria y hasta el 29 de septiembre de 2023.
  • Desde el día 2 de octubre y hasta el 31 de octubre de 2023.
  • Desde el día 2 de noviembre y hasta el 30 de noviembre de 2023.
  • Desde el día 1 de diciembre y hasta el 29 de diciembre de 2023.

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