Luz verde a la contratación de combustible para vehículos del CETI
CONTRATACIÓN
Finalmente ha sido adjudicado a DISA RED DE SERVICIOS PETROLÍFEROS S.A.U
La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación-Junta de Contratación Centralizada, en calidad de entidad adjudicadora, ha comunicado a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público el anuncio de licitación por el que se ejecutará el contrato "basada combustible de vehículos para el CETI de Ceuta" desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2024.
Un contrato que un primer momento contaba con un presupuesto base de licitación de 1.200€, y que finalmente ha sido adjudicado a DISA RED DE SERVICIOS PETROLÍFEROS S.A.U., por un importe total ofertado de 1.200€, con fecha de acuerdo del 30 de noviembre de 2023, pero publicado en el Perfil del Contratante durante la jornada del 23 de enero.
La Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación-Junta de Contratación Centralizada, en calidad de entidad adjudicadora, ha comunicado a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público el anuncio de licitación por el que se ejecutará el contrato "basada combustible para vehículos para el CETI de Ceuta" desde el 1 de diciembre de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2024.
Un contrato que un primer momento contaba con un presupuesto base de licitación de 1.200€, y que finalmente ha sido adjudicado a DISA RED DE SERVICIOS PETROLÍFEROS S.A.U., por un importe total ofertado de 1.200€, con fecha de acuerdo del 30 de noviembre de 2023, pero publicado en el Perfil del Contratante durante la jornada del 23 de enero.
"El objeto del presente pliego es determinar las características y condiciones de los suministros de combustibles en estaciones de servicio, mediante el uso de tarjetas de banda magnética u otros dispositivos de control adecuados, o en su caso, tarjetas de gasóleo bonificado, para vehículos, maquinaria agrícola, grupos electrógenos, motores, etc., en el ámbito del artículo 229 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), así como de aquellos entes, organismos y entidades adheridas al presente acuerdo marco", indican las prescripciones técnicas.
Además,los adjudicatarios se comprometen a que las empresas de estaciones de servicio con las que operen, cualquiera que sea el vínculo contractual entre los operadores al por mayor y los distribuidores minoristas de las instalaciones pertenecientes a sus redes de distribución, deberán estar disponibles en su totalidad para la ejecución de los contratos basados, sin que sea admisible las asignaciones parciales o temporales de estas. A este respecto, se entiende como red de distribución a aquella definida por el artículo 4 punto uno del Real Decreto‐ley 6/2000, de 23 de junio, de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y Servicios.