Confirmada la sentencia absolutoria al acusado por un delito de estafa procesal en febrero de 2018
JUSTICIA
El representante legal de la Entidad Azúcares de Ceuta S.L denunció que le habían sustraído de la sede de su empresa trece talonarios de cheques
La Sección de Apelación de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA ha confirmado la sentencia de absolución a Abdelilah S., acusado por un delito de estafa procesal en febrero de 2018. El día 2 de ese mismo mes, J.G.G., en calidad de representante legal de la Entidad Azúcares de Ceuta S.L denunció que le habían sustraído de la sede de su empresa en la Avenida de Lisboa de Ceuta trece talonarios de cheques.
Durante el juicio celebrado dos meses después en el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Ceuta, Abdelilah S., reclamó a D. J. G. la cantidad de 25.000 € correspondientes al pagaré nº 6009334-0 .
Sin embargo, la Justicia entendió que no quedó probado que el acusado se apoderase del referido pagaré, ni que lo hubiese manipulado en sus elemento esenciales”.
Frente a esta sentencia, la acusación particular interpuso recurso de apelación mediante escrito en el que se articulaba como motivo de impugnación error en la apreciación de la prueba. A este recurso se adhirió parcialmente el Ministerio Fiscal, al entender que “que al tener el acusado en su poder unos documentos mercantiles que no le pertenecían los empleó fraudulentamente en juicio para cobrar una cantidad de forma ilegítima, lo que implicaría la comisión de un delito de estafa procesal”.
Sin embargo, finalmente la Justicia ha desestimado el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia, confirmando la absolución de Abdelilah S.