Publicada la resolución de subvenciones para mejorar infraestructuras de alojamiento turístico

SOCIEDAD

El plazo de presentación de solicitudes ascendió a 30 días, que comenzó el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

FOTO E.P.
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El Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE), en su publicación de este martes, 27 de agosto, ha comunicado la resolución provisional de concesión de subvención pública emitida por el director general de Comercio, Turismo y Empleo de conformidad con lo establecido en las bases reguladoras destinadas al Programa de Ayudas para la mejora de las infraestructuras de alojamiento turístico del Plan Ceuta, componente 14, 103 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En este sentido, las solicitudes aprobadas son de Juan Enríquez Jiménez, Complejo Luque Sepúlveda SL y Bulyba SL. Por lo contario, han sido denegadas a Francisco Javier Peralbo Rodríguez, Hamburguesa de Ceuta SL y Carlos Jesús Toledo Salas. La solicitud de ayuda presentada por D. Carlos Jesús Toledo Salas ha sido propuesta para su denegación al no haber alcanzado la puntuación mínima exigida en la convocatoria.

Las subvenciones relativas a la línea de ayuda para la mejora de infraestructuras turísticas, objeto de esta resolución, están financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Encuadradas en el “Plan Ceuta” aprobada por Convenio suscrito entre la Secretaria General de Turismo y la Ciudad Autónoma de Ceuta. La partida presupuestaria de la Ciudad Autónoma para atender a las presentes bases es 480.07.929.0.008 Ayudas estrategia de resiliencia turística, con una consignación para estas bases de 600.000.- euros. Así las cosas, no podrán otorgarse subvenciones por cuantía superior a la determinada en las distintas convocatorias.

Por su parte, el plazo de presentación de solicitudes ascendió a 30 días, que comenzó el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta. Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la mejora de la infraestructura de alojamientos turísticos y restauración para la modernización y rejuvenecimiento de la planta turística de la Ciudad Autónoma de Ceuta. En este sentido, podrán ser objeto de la subvención actuaciones destinadas a mejorar las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, obras destinadas a la mejora de las instalaciones con la finalidad de obtener certificaciones de calidad, en especial la “Q” de calidad turística, actuaciones destinadas a la mejora de la clasificación del establecimiento que supongan un incremento de categoría, actuaciones de mejora de la climatización que favorezcan la sostenibilidad con la implementación de medidas de ahorro energético, actuaciones relativas a la renovación y modernización de las instalaciones, así como embellecimiento del entorno, renovación de los equipamientos muebles necesarios para el funcionamiento del establecimiento de alojamiento y restauración.

Se podrá subvencionar hasta el 50 % sobre el presupuesto de la inversión subvencionable. La inversión subvencionable se expresará en todo caso en términos netos, es decir, inversión una vez deducida el IPSI. En todo caso el importe máximo de la ayuda a cada entidad beneficiaria será de 300.000,- €. (nuevo importe según reglamento UE 2023/2831 de la Comisión, de 13 diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis. (artículo 3.2). Si la actuación lo requiere, el titular deberá contar con la correspondiente licencia de obras o en su caso certificado del ayuntamiento de no necesitar dicha licencia. Dicha justificación deberá presentarse en el momento de la justificación de la subvención.

Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la normativa de contratos del sector público para los contratos menores (40.000 € en el caso de obras y 15.000 € en el caso de suministros, excluido en ambos casos el IPSI), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación de la obra, o la adquisición del bien, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Subvenciones.

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